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Evolución histórica de la familia.
Johan
M. Quesnay Casusol y Fiorella Aranda Gonzáles. Estudiantes
de Derecho de la Universidad Nacional
Pedro Ruiz Gallo - Perú
1. DERECHO PRIMITIVO.
Las
recientes investigaciones sociales consideran que en el periodo mas temprano de
la historia, cuando las personas acababan de separarse del reino animal y vivía
en las condiciones propias de la manada primitiva (clanes), las relaciones entre
los sexos tenían un carácter absolutamente desordenado y la familia aun no
existía. Tal situación pudo durar muchos siglos. La
teoría evolucionista moderna reconoce lo expresado en el párrafo precedente y
señala que la evolución histórica de la familia efectivamente se inicia con
la etapa denominada del vagus concubis
o de la promiscuidad sexual, que estuvo caracterizada por un heterismo tal que,
varón y mujer, satisfacían sus apetencias sexuales con la misma naturalidad
con que ahora se satisface el hambre. En ésta etapa, el hombre primitivo ni
siquiera tuvo conciencia del nexo causal entre la copula sexual y el parto. Según MORGAN citado por ENGELS, es durante el estado primitivo de la humanidad, posteriormente a la etapa de la promiscuidad sexual y la del emparejamiento transitorio, que se inicia la evolución histórica de la familia, surgiendo y evolucionando las siguientes variedades:
a)
Familia Consanguínea.- Es
la primera etapa de la familia y en donde los grupos conyugales se clasifican
por generaciones: todos los abuelos y abuelas, en los limites de la familia, son
maridos y mujeres entre sí; lo mismo sucede con sus hijos, es decir, con los
padres y las madres; los hijos de estos forman, a su vez, el tercer circulo de
cónyuges comunes; y sus hijos, es decir, los biznietos de los primeros, el
cuarto. En esta forma de familia, los ascendientes y los descendientes, los
padres y los hijos, son los únicos que están excluidos entre sí de los
derechos y deberes del matrimonio. Hermanos y hermanos, primos y primas, segundo
y restantes grados, son todos ellos entre su hermanos y hermanas, y por eso
mismo todos ellos maridos y mujeres unos de otros. el vinculo de hermano y
hermano presupone de por sí en ese periodo el comercio carnal reciproco.
b)
Familia Punalua.- En
esta siguiente forma evolutiva de la familia, se evidencian ya notables
progresos. Así, en esta familia se comienza ha excluir a los padres y a los
hijos del comercio sexual reciproco, el segundo fue en la exclusión de los
hermanos. Dicho cambio, es menester señalar, se produjo de una manera
paulatina, comenzando probablemente por la exclusión de los hermanos uterinos
(es decir, los hijos provenientes de una misma madre), al principio en casos
aislados, luego gradualmente, como regla general, y acabando con la prohibición
del matrimonio hasta entre hermanos colaterales (es decir, según nuestros
actuales nombres de parentesco, los primos carnales, primos segundos y primos
terceros). Según MORGAN dichos progresos de la familia punalúa se constituyen
en una magnifica ilustración de cómo actúa el principio de la selección
natural. En
esta familia, la descendencia se estableció por línea materna (parentesco
uterino); ello debido a que en esta etapa de la humanidad aun se mantenía
vigente el matrimonio grupal (pero ya con la exclusión de los hijos y otros
parientes) y en donde, consecuentemente, solo resultada acertado saber quien era
la madre de un determinado niño, mas no se podía saber quien era su verdadero
padre. En
suma podemos señalar que en esta familia, al quedar prohibido el comercio
sexual primeramente entre padres e hijos y posteriormente entre hermanos y
hermanas, tal grupo humano se llego constituir en una "gens", es
decir, se constituye como un circulo cerrado de parientes consanguíneos por
línea femenina, que impedía el matrimonio entre unos y otros, circulo que
desde ese momento se consolida cada vez mas por medio de instituciones comunes
de orden social y religioso.
c)
Familia Sindiasmica.- Es
durante esta familia en donde se evidencian ya los resultados de los grandes
avances obtenidos durante la familia punalúa y que a su vez se constituyen en
sus rasgos característicos. Tales caracteres son los siguientes:1) La unión de
parejas conyugales se efectuaba ya por un tiempo mas o menos largo. 2) El hombre
tenía una mujer principal entre sus numerosas esposas, y era para ella el
esposo principal entre los demás. Esto ultimo, posteriormente, implico el hecho
de que un hombre vivía ya con una sola mujer, sin embargo ello no impidió el
mantenimiento de la poligamia y la infidelidad como derechos exclusivos para los
hombres. El vinculo conyugal se disolvía con facilidad por la voluntad de
cualquiera de las partes. 3) La disolución del vinculo conyugal traía como
consecuencia de que los hijos producto de dichas relaciones quedaran bajo la
guarda de la madre. Es menester indicar que en determinadas zonas del continente
sur americano, la disolución del matrimonio requería de la intervención de
mediadores, quienes eran parientes gentiles de cada parte. En caso de que no se
llegase a ningún acuerdo tras la intervención de dichos mediadores, la
disolución del vinculo conyugal se hacia efectivo. Un
aspecto importante a señalar es de que durante la vigencia de esta forma de
familia, no se produjo aun el abandono del "hogar comunista" por parte
de los miembros de un determinado matrimonio. En
esta familia se produce la transformación o "paso"
del heterismo o poligamia a la monogamia, lo cual se produjo ha
iniciativa de la mujer pues estas deseosas de poseer su derecho a la castidad o
al deseo de pertenecer aun solo hombre, motivaron tal cambio. Durante
esta familia la figura de la madre dentro del "hogar comunista" fue
profundamente respetado. El poder y hegemonía de la mujer fue predominante, no
resultando cierto aquellas tesis que afirman que durante esta etapa, la mujer
fue esclava del hombre. Tal predominio llego a configurar la "familia
matriarcal". El
matriarcado fue una etapa histórica de la familia que se peculiariza no solo
porque la mujer juega un papel importante en la económica social, sino por el
surgimiento de la ginecocracia, el establecimiento de la poliandria y la
determinación del parentesco uterino. Pero,
resultaría muy apresurado llegar a señalar que durante esta etapa de la
familia sindiásmica predomino exclusivamente el régimen del matriarcado, dado
que ello no es correcto, pues posteriormente se llego a instaurar una "familia
patriarcal". Sin embargo, es menester señalar que mucho tiempo
después aparece esta etapa del patriarcado, con tendencia hacia la monogamia,
donde la gran familia patriarcal se distingue por la supremacía del varón
sobre la mujer, el establecimiento de la potestad marital y la patria potestad,
así como la imputación del hijo por el lado paterno. Efectivamente,
es con la evolución de la sociedad y con la aparición de la propiedad privada,
en que se añade un nuevo elemento a la familia sindiásmica: junto a la
verdadera madre se presenta o instala el verdadero padre, cuyas obligaciones
eran la alimentación y el de proporcionar las herramientas de trabajo para
cumplir con dicha obligación alimenticia. En
suma, conforme fue aumentando la riqueza, la posición del hombre en la familia
se fue consolidando. Tal situación genero una modificación sustancial en
cuanto a la heredación dado que antes, durante el régimen del matriarcado, la
heredación se producía en base a la línea materna. La
instauración de un régimen patriarcal implico: un sometimiento absoluto de los
integrantes de la familia al poder paterno del Jefe de éstas, la poligamia va
ha ser un derecho exclusivo para los jefes de familia y, finalmente, el adultero
va ha ser severamente sancionado.
d)
Familia Monogámica.- Esta
familia se funda en el predominio del hombre, ya iniciado durante la familia
precedente, es decir, la sindiasmica. La finalidad del padre o jefe de la
Familia es la de procrear hijos cuya paternidad se exige porque los hijos en
calidad de herederos directos (por basarse la heredación ya en base a la línea
paterna) han de entrar un día en posesión de los bienes de su padre. La
familia monogamica se diferencia del matrimonio Sindiásmico por una solidez
mucho mas grande de los lazos conyugales, que ya no pueden ser disueltos, vale
señalar, por el mero deseo de cualquiera de las partes. Ahora la disolución
del vinculo conyugal era un beneficio exclusivo para el hombre, negado para la
mujer. La
monogamia fue una exigencia establecida solo para las mujeres debido a la
heredación, mas no se aplico para los hombres. Durante
esta etapa el heterismo, cuya principal manifestación es la prostitución, y el
adulterio, se constituyeron en las grandes contradicciones de la monogamia. En
conclusión, podemos llegar a sostener que durante la vigencia de esta
diversidad de la familia su rasgo característica fue el "sometimiento"
absoluto de todos los miembros de la familia al Padre o Jefe de Familia,
particularmente de la mujer o esposa, lo cual se comenzó a advertir en la
ultima etapa de la familia sindiasmica. Tal carácter predominante lo podemos
ilustrar perfectamente a través del siguiente comentario efectuado por MORGAN:
"Para asegurar la fidelidad de la mujer y por consiguiente la paternidad de
los hijos, aquella es entregada sin reservas al poder del hombre: aun cuando
éste la mata, no hace mas que ejercer su derecho".
2. DERECHO ANTIGUO.
El
pueblo hebreo mentor del cristianismo se basa inicialmente en la poligamia,
estableciendo con posterioridad la monogamia y el derecho de repudio previsto en
la ley mosaica. Los
griegos adoptan también la poligamia y el repudio, consideraban a la mujer como
un ser inferior al varón. Aquí el matrimonio fue utilizado como un medio para
hacer arreglos políticos y en la mayoría de los casos con sentido de comercio,
al extremo de venderse a la mujer desde temprana edad. Los hijos no tenían
derecho a formar patrimonio propio, pero competían entre legítimos e
ilegítimos. En
el Derecho Romano, la familia o domus era la célula social o la base del
Estado, la que estuvo organizada en dos sentidos: la cognada integrada por
persona unidas por vínculos consanguíneos o de parentesco y, la agnada, por
personas ligadas entre sí por el parentesco civil. El matrimonio tuvo carácter
monogamico y admitió varias formas como la confarreatio, la coemptio, el usus y
el matrimonio sine manus. Lo típico de estas familias ha sido el sometimiento
absoluto de los miembros de la familia (inclusive esclavos) a la autoridad del
pater familias que tuvo la triple condición de jefe, juez y sacerdote. La
fuente principal de esta autoridad se hallaba en la justae nuptiae o matrimonio
legitimo. La familia en el Derecho Germano se funda en la poligamia para luego instalarse en formas monogamicas y la organización patriarcal de la misma. el matrimonio se realizó por medio de la compra que daba derecho al repudio, de lo contrario quedaba bajo la dependencia del mundium o marido.
3. DERECHO MEDIEVAL.
La
familia en esta etapa se funda en la mas completa desigualdad y en le predominio
del sexo masculino derivado de la propiedad privada. Con razón se asevera, que
ni los esclavistas ni la nobleza feudal conocieron o apenas conocían el
matrimonio basado en el amor reciproco, porque entre ellos le matrimonio solía
ser un acto político, un procedimiento para extender sus dominios mediante la
alianza matrimonial. Aquí lo decisivo no eran precisamente las simpatías
personales, sino los intereses de la casa señorial. Debe
recordarse, en este mismo orden, el derecho de pernada del señor feudal en la
Europa medieval. Pernada, deriva de poner la pierna sobre el lecho del vasallo y
de su esposa, y de la facultad del señor de sostener relaciones con la mujer de
aquel, quien a cambio de ello obtenía determinados beneficios o derechos, como
por ejemplo, cazar en los bosques y en los cotos del señor, caso en el cual y
para dar mayor publicidad a ese derecho, el vasallo colocaba cuernos sobre la
puerta de su vivienda. Aquí,
la filiación se establece con criterios de legitimidad e ilegitimidad. La
herencia pertenecía íntegramente a los hijos legítimos particularmente al
hijo mayor (derecho de la primogenitura) y, excepcionalmente, a los segundos e
hijas mujeres. Pero, para las familias de las clases oprimidas, no tenia ninguna
significación, salvo en lo que concierne al tamaño de estas, ya que
constituía un activo desde el punto de vista económico. La
Iglesia introduce el carácter sacramental del matrimonio y la concepción de su
indisolubilidad, fortalece el parentesco espiritual con la administración del
bautismo y la confirmación. Su influencia sirvió para moderar la autoridad
despótica del padre.
4. DERECHO MODERNO.
La
familia se cimienta sobre la base de la unión monogamica con posibilidad de
elegir al cónyuge partiendo de la inclinación mutua, porque como resabio de
épocas pasadas lo mas importantes para los pretendientes es el origen, la
fortuna, la herencia, la religión y, de manera excepcional, el amor. Pero,
cuando el matrimonio y la familia no se basan en él, solo existe una vida
familiar cruel, una ilusión de vida familiar, al que suele reducirse
frecuentemente el matrimonio de familias acomodadas en las que el tedio y el
dinero actúan de nexo entre los cónyuges. Por
otro lado, la influencia del capitalismo en la vida familiar, frecuentemente
condena al obrero a no poder formar una familia o a formarla y vivir en la
estrechez, los hijos se venden a la fabricas y las mujeres al incorporarse a la
producción se ven imposibilitadas de cumplir con sus obligaciones familiares.
ENGELS, al respecto señala que esta incorporación a pesar de ser un fenómeno
progresivo, conduce constantemente a que un hombre fuerte sea despedido de su
trabajo, mientras que la mujer se convierte en sostén de la familia, absurda
situación que tiene como secuelas inevitables el adulterio y la prostitución. Según
la concepción mas generalizada, el matrimonio es un contrato, una cuestión de
derecho. ROUSSEAU explicaba , que la familia era una institución regida por
leyes naturales y que las humanas no tenían por que interferir en ese
desarrollo, que el matrimonio no era necesario y si existía, debía
considerarse como un contrato civil. Por su parte VOLTAIRE afirmaba que el
matrimonio era una institución donde el divorcio resultaba una necesidad
natural.
5. DERECHO CONTEMPORÁNEO.
Los
filósofos del siglo XVIII pregonaron la libertad, la igualdad y la fraternidad;
sin embargo, el Código Civil de Napoleón consagra la preeminencia del marido,
la subordinación de la mujer y la desigualdad de los derechos de los hijos. Su
influencia repercutió en la mayor parte de los Códigos civiles del mundo. Respecto
a la familia, algo que se puede afirmar sin duda alguna es la profunda crisis
por la que se encuentra atravesando en todo el mundo, muy en particular, la
peruana. Ella se manifiesta en el empobrecimiento cada vez mayor de familias
debido a los míseros sueldos y salarios, los hogares destruidos por la
incomprensión y otros factores, el aumento creciente de divorcios y
separaciones de hecho, la existencia cada vez mayor de mujeres y niños
abandonados, el crecimiento de la delincuencia juvenil (pandillaje pernicioso) y
de la toxicomania, el quebrantamiento de la disciplina familiar y la ruptura
generacional, señalan sin duda los aspectos fundamentales de esta crisis. La solución de esta crisis es sumamente difícil, compleja y de carácter multilateral. Desde el punto de vista jurídico, se han dado una serie de declaraciones internacionales, normas constitucionales y leyes especiales con el objeto de proteger a la familia frente a esta grave situación.
CONCLUSIÓN GENERAL De lo expuesto podemos señalar, con profunda preocupación, de que la evolución histórica de la familia no es mas que la historia de su descomposición en grupos cada vez mas reducidos. Efectivamente, la evolución de la familia en los tiempos prehistóricos consiste en una constante reducción del circulo en cuyo seno prevalece la comunidad conyugal entre los dos sexos, circulo que en su origen abarcaba la tribu entera (familia consanguínea). La exclusión progresiva durante la familia punalua, primero de los parientes cercanos (padre respecto a sus hijos) después de los lejanos y finalmente de las personas meramente vinculadas por alianzas, hacen imposible en la practica todo matrimonio grupal (familia sindiásmica). Finalmente, queda la actual "pareja" unida por vínculos frágiles aún, esa molécula con cuya disociación concluye el matrimonio en general.
Johan
M. Quesnay Casusol (Estudiante de Derecho de la Universidad Nacional Pedro
Ruiz Gallo): johan-qc@mixmail.com. |
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